Josefina Aguilar Pastor/NOTYMAS
Chilpancingo, Gro., abril de 2016 (NOTYMAS).- Los servidores
públicos del gobierno del Estado, en ningún momento, actuarán con prepotencia,
soberbia ni tener preferencia indebida o discriminar a un individuo o grupo,
menos abusar del poder y la autoridad conferida, tiene prohibido incurrir en actos
de nepotismo, no utilizarán la autoridad conferida para favorecer intereses
personales, familiares o incluso de grupos delictivos, se regirán por los
principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia, honradez,
legalidad, lealtad e imparcialidad, señala el Código de Ética de los servidores
públicos de la administración pública.
Roberto Álvarez
Heredia, asesor personal del gobernador Héctor Astudillo Flores, recordó que al
iniciar su administración el gobernador del estado Héctor Astudillo Flores
reconoció que la sociedad habría perdido la confianza en sus autoridades y
ofreció poner orden, y en consecuencia, inicio una profunda transformación de
la administración y expidió un nuevo código de ética.
Dicho documento
señala que todos los servidores públicos de la administración pública, actuarán
siempre en beneficio del interés publica, observar el total cumplimiento de la
ley; respetar los derechos humanos.
Su actuación agregó
el asesor personal del mandatario estatal, estará sujeta a la constitución
Política de los Estado Unidos Mexicanos; a la Constitución Política del Estado
de Guerrero y a la leyes que de ella emanen; actuaran bajo reglas de ética e
integridad, observados por comités de ética y la Secretaría de Contraloría y
Transparencia Gubernamental, dará seguimiento a su conducta.
Los recursos púbicos
confiados a los servidores públicos de
la administración pública, agregó Álvarez Heredia, serán administrados
en forma honesta, transparente, eficaz y eficiente. El servidor público está
obligado indicó, a ser respetuoso, diligente, justo e imparcial en el desempeño
de sus funciones y particular en sus relaciones con el público.
“En ningún momento,
actuaremos con prepotencia, o soberbia ni tener preferencia indebida o
discriminar a un individuo o grupo, menos abusar del poder y la autoridad que
nos haya sido conferida, no discriminaremos por motivo de raza, ideología,
política, religión, género, preferencia sexual, discapacidades físicas o
nacionalidad, en el código se establece que el
servidor público tiene prohibido incurrir en actos de nepotismo”,
sostuvo el Asesor personal del gobernador.
Los principios
constitucionales que los servidores públicos deberán de observar y cumplir son;
eficiencia, eficacia, economía, transparencia, honradez, legalidad, lealtad e
imparcialidad, no utilizaran la autoridad conferida para favorecer intereses
personales, familiares o incluso de grupos delictivos, además de que no
intervendrán en ninguna operación ni ocuparan cargos o función ligados a un
interés económico, comercial o semejante que o sea compatible con el cargo que
desempeñen, añadió el funcionario.
No utilizarán en
ningún momento, dinero, bienes, servicios públicos o información para realizar
actividades no relacionadas con sus tareas oficiales, con sujeción a lo que
establece la ley agregó Álvarez Heredia, los servidores públicos de la
administración pública, deberán de declarar; intereses económicos, comerciales
o financieros o actividades con ánimo de lucro que puedan plantear un posible
conflicto de intereses.
En una situación
manifiesta de conflicto de interés, entre las obligaciones públicas y los
intereses privados del servidor público, acatarán las disposiciones
establecidas para eliminar el conflicto de intereses, “acataremos lo que
establece el código para evitar que una vez que hayamos dejado de desempeñar
funciones quiéranos aprovechar indebidamente las ventajas del antiguo cargo”,
indicó.
Los servidores
públicos en concordancia con si cargo, añadió el asesor personal del mandatario
estatal, cumplirán con el requisito de declarar o revelar sus pasivos
personales así como de ser posible los de sus cónyuges u otros familiares en
forma anual, los asuntos de carácter
confidencial y datos personales que tenga conocimiento el servidor público, se mantendrán
en secreto de acuerdo con la ley general de transparencia y acceso a la
información pública y a la ley local,
estricciones que seguirán siendo válidas, tras del el abandono de la
función pública.
Asimismo, las
actividades de otra índole que realice el servidor público, fuera del ámbito de
su responsabilidad, no podrá mermar la confianza pública en el desempeño
parcial de sus funciones y obligaciones, todos los servidores públicos, están
obligados a suscribir una carta compromiso para desempeñar su cargo conforme a
los principios y establecidos en el mencionado código, subrayó Alvarez Heredia. (NOTYMAS)