lunes, 26 de mayo de 2014

12 años de prisión a quienes posean vehículos robados, proponen en Congreso





Chilpancingo, Guerrero., 26 mayo de 2014.- Castigar hasta con 12 años de prisión a quienes posean vehículos robados y que no tengan posibilidad de libertad, sino purgando la pena, propone el diputado Omar Jallil Flores Majul.

El legislador señaló que son necesarias estas medidas dado a que el robo de vehículos es una conducta lesiva a la sociedad y atenta contra el patrimonio de las personas y familias.

Explicó que actualmente el robo de autos y su posesión no está considerado en los Códigos Penal y de Procedimientos Penales en el Estado como delito grave, y que es necesario establecer esta figura porque provoca un quebranto patrimonial.

Por ello, dijo que se busca incrementar la pena en la posesión de vehículos robados y que no tengan posibilidad alguna de obtener su libertad sino pagando la pena prescrita que le imponga el Estado, por atentar contra la sociedad y provocar daño social al patrimonio.

Agregó que con esto se busca evitar la interpretación superficial de la Ley, que pueda distorsionar y minimizar la punibilidad del crimen cometido por el sujeto activo, pues hoy en día un poseedor de cualquier tipo de vehículo robado, sin importar como lo adquirió, esta absuelto por poseer algo que no le pertenece y que debe ser evitado.

Refirió que seis de cada diez robos de autos a nivel nacional se realizaron con violencia, un aumento de 4 por ciento respecto al año pasado y los Estados con mayores índices de robo con violencia fueron Sinaloa con 78.5 por ciento, Guerrero, 77 y Tamaulipas 70.

Por ello, el diputado propuso sancionar de cinco a 12 años de prisión y de 200 a 500 días de multa a quien posea todo o en partes con valor monetario, incluyendo camiones, tracto camiones, camionetas o motocicletas de cualquier tipo o modelo.


Asimismo, que quien cometa este delito no tendrá derecho a gozar de los beneficios de la remisión parcial de la pena, tratamiento preliberacional, y libertad preparatoria, que prevé la Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de Libertad del Estado de Guerrero.

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