Fernando Polanco Ochoa/IRZA
Chilpancingo, Gro., febrero 06 de 2014 (IRZA).- Recientemente el Consejo General
del Instituto Electoral del Estado (IEEG) se limitó a exhortar a los partidos
políticos, militantes y simpatizantes a evitar los actos anticipados de
precampaña para el proceso electoral coincidente del 2015.
El exhorto está dirigido a servidores públicos federales, estatales y
municipales, partidos políticos, militantes y simpatizantes “para que se
abstengan de realizar actos que incluyan nombres, imágenes, voces o símbolos
que impliquen promoción personalizada, ni contengan logotipos, slogans o
cualquier otro tipo de referencias personalizadas.
El consejero J. Jesús Villanueva Vega dijo que tras la reforma electoral federal
del 2007, específicamente al artículo 34 Constitucional referente a la
propaganda gubernamental, la Constitución local recogió el contenido de ese
precepto que es genérico y prohibitivo.
Pero que “no se ha cumplido con cabalidad (porque) los funcionarios públicos
han sido omisos para darle cumplimiento”, dijo durante su participación durante
la segunda sesión ordinaria realizada a principios de la semana.
“Hago hincapié también en señalar cuáles son los fines de esas condiciones que
establece nuestra carta magna; primero, evitar la utilización de los recursos
públicos con fines propagandísticos, segundo, evitar posicionar la imagen de
actores políticos de manera anticipada y, tercero, evitar utilizar el poder
para promover ambiciones personales”, añadió.
“Este exhorto, sin duda fortalece al Instituto en cuanto a su capacidad para
desempeñar eficientemente su papel de árbitro en la contienda electoral que se
avecina en el año 2015 y que podría iniciar en este mismo año”, expuso.
El consejero Ramón Ramos Piedra, presidente de la Comisión de Quejas y
Denuncias, matizó el cuestionamiento, “estamos en un marco legal, ejercemos
facultades específicas y algunas implícitas de la norma que nos permiten
vigilar el uso de esos recursos públicos ya sea a través del ejercicio normal
de los partidos políticos y también del ejercicio indirecto que realizan los
servidores públicos, únicamente cuando queda debidamente probado que esos
recursos han sido utilizados para posicionamiento de imagen o mal utilizados
para objetivos políticos prohibidos”.
Agregó que el IEEG “actúa siempre en apego a la legalidad, y si los elementos
se cumplen para efectos de poder instaurar un procedimiento administrativo
sancionador, que no quepa duda que lo vamos a hacer”.
Los representantes de los partidos políticos ante el IEEG respaldaron el
acuerdo y dijeron que deberán sujetarse a lo dispuesto por el artículo 105 de
la Constitución Política del Estado de Guerrero, pero además a trasmitirlo a
sus dirigencias para evitar irregularidades mayores.
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