miércoles, 30 de abril de 2014

Multa IEEG al PRI y al PRD por violaciones a materias de fiscalización y financiamiento público




Jaime García/NOTYMAS

Chilpancingo, Gro., abril 30 del 2014 (NOTYMAS).– Durante el desarrollo de la Cuarta Sesión Ordinaria, celebrada en las instalaciones del Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG), el pleno del Consejo General aprobó el dictamen y resolución, mediante los cuales se determinan e individualizan las sanciones a los Partidos Políticos, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática.
Lo anterior, con motivo de los errores u omisiones técnicas detectadas en los informes anuales de ingresos y egresos, sobre el origen, monto, aplicación y control de los recursos de los Institutos Políticos, empleados para el desarrollo de sus actividades durante el ejercicio fiscal 2012.
Por lo que se determinó aplicar una sanción económica al Partido Revolucionario Institucional de 3034 días de salario mínimo general vigente en esta ciudad, cuyo monto equivale a la cantidad de 193 mil 478 pesos; en tanto que el de la Revolución Democrática, es sancionado con 550 días de salario mínimo equivalente a 35 mil 73 pesos; multas que les serán descontadas a partir de mayo, de las prerrogativas que le corresponde a cada uno.
 En esta sesión también se aprobó el acuerdo 009/SO/30-04-2014, referente a la no aplicación del artículo 39 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, a las Organizaciones de Ciudadanos que hayan iniciado su proceso de constitución como Partido Político estatal en términos y plazos de la convocatoria respectiva.
Ya que el artículo referido, señala que para poder participar en las elecciones, los Partidos Políticos estatales, deberán obtener su registro, por lo menos con seis meses de anticipación al mes en que inicia el proceso electoral local.
Sin embargo, dada la reforma a diversas disposiciones de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, específicamente al artículo 93 y 138,  se establece que el proceso electoral iniciará la primer semana de octubre, lo cual acorta el plazo para la obtención del registro; por lo que por única ocasión las organizaciones de ciudadanos podrán obtener su registro hasta con tres meses de anticipación.
Asimismo, se presentó el informe relativo al acuerdo y resolución  del incidente de inejecución de sentencia, emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Mediante los cuales, de acuerdo al informe, se revoca la resolución aprobada por el Consejo General del IEEG, referente a los resultados obtenidos en la etapa de medidas preparatorias, en la cual concluyó la inexistencia histórica de un sistema normativo interno en San Luís Acatlán.
Por lo que en la nueva resolución del TEPJF, deducida del Juicio  para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, se instruye a este Órgano Electoral Ciudadano, que dicte una nueva resolución, en la que se tenga por acreditada la existencia histórica de un sistema normativo interno en el municipio de San Luís Acatlán, Guerrero y que continúe con los trabajos para dar cumplimiento a la ejecutoria dictada por el Tribunal Electoral Federal.

Al respecto, el Consejero Electoral y Presidente de la Comisión Especial de Participación Ciudadana, Usos y Costumbres, Nazarín Vargas Armenta, señaló que la resolución emitida, en su momento, por el IEEG, fue en estricto apego al marco legal en sus ámbitos de derecho interno e internacional; y agregó, que, "dado el carácter imperativo jerárquico del TEPJF se acatará el mandato jurisdiccional en los términos que se ordena". (NOTYMAS)

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