Josefina
Aguilar/NOTYMAS
Chilpancingo,
Gro., enero 31 de 2016 (NOTYMAS).- Con el registro de tres organizaciones, concluyó
este domingo 31 de enero, la fecha límite para informar al Instituto Electoral
y de Participación Ciudadana (IEPC), por escrito, su intención de obtener su
registro como partido político estatal.
El pasado martes, durante la primera sesión
ordinaria del IEPC, se dio a conocer del término a cumplirse el 31 de enero del
2016 como la fecha límite para informar a este instituto, por escrito, su
intención de obtener su registro como partido político estatal.
También aprobaron el nuevo Reglamento para la
constitución y registro de los partidos políticos estatales ante el IEPC
Guerrero; esto con el objetivo de actualizar su contenido respetando las
disposiciones de la reforma constitucional del 2014.
En ese mismo sentido, emitieron un aviso a
aquellas organizaciones que habrían notificado al IEPC su intención de
constituirse como partido político local, que contarán con un plazo de tres
días hábiles para cumplir con los requisitos del aviso de intención señalado en
el Reglamento aprobado.
En base a ello, este domingo, concluyó dicho
término, con el registro de tres organizaciones, que manifestaron su intención
de conformarse como nuevo partido político estatal. De acuerdo
al Reglamento para la constitución y Registro de Partidos políticos
Estatales ante el Instituto Electoral y de Participación ciudadana del estado
de Guerrero, en su artículo 8. Una vez hecha la comunicación al IEPC y
presentada la documentación correspondiente, se turnará a la Comisión de
Prerrogativas y Partidos Políticos, la que tendrá un plazo de 72 horas para
expedir la constancia respectiva de aspirante a la organización de ciudadanos
que pretenda constituirse como partido político estatal.
En caso de faltar algún requisito, la autoridad
requerirá a los solicitantes para que en un plazo de 48 horas subsanen, de lo
contrario se tendrá por no presentado el escrito.
A partir de la entrega de la Constancia de
Aspirante a Partido Político Estatal y hasta la resolución sobre la procedencia
del registro, la organización deberá informar mensualmente al Instituto
Electoral sobre el origen y destino de sus recursos, dentro de los primeros
diez días hábiles de cada mes, en los términos de la normatividad que para el
efecto apruebe el Consejo General.
(NOTYMAS)