miércoles, 17 de mayo de 2017

Proponen que diputados no renuncien al cargo 90 días antes de la elección para buscar otro puesto

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Josefina Aguilar Pastor/NOTYMAS
Chilpancingo, Gro., mayo 17 de 2017 (NOTYMAS).- Erika Alcaraz Sosa, Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), propone modificar la Constitución Política del Estado, para que los diputados locales y federales, no tengan que renunciar a su cargo 90 días antes de la elección, para poder acceder a otra representación, bajo el argumento que en su función, no manejan recursos públicos ni programas sociales, también propuso, dar total autonomía operativa y a la Fiscalía Especializada en delitos Electorales (Fepade).

Actualmente la Constitución Política Local, establece que la Fiscalía General del Estado (FGE), se integra por Fiscalías especializadas que, garantizan la custodia de la legalidad en sus respectivas materias, entre las que se encuentra, la Fiscalía de Delitos Electorales (Fepade).

Desde su punto de vista, la diputada perredista considera que la FEPADE, debe tener una regulación específica, y como un eje legitimador de la democracia, resulta importante que dicha designación debe seguir recayendo en el poder legislativo.

Por otro lado, Alcaraz Sosa, propuso modificar el actual contenido de los requisitos de elegibilidad contenidos en el artículo 46 de la Constitución Política Local para eliminar a los representantes populares federales y locales, del catálogo de servidores públicos que deben separarse del cargo 90 días antes de la jornada electoral, “puesto que su condición no implica inequidad en la contienda al carecer de la utilización de recursos públicos o programas sociales de parte de dichos representantes populares”, justificó.

Refirió que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ya ha pronunciado que las normas que prevén los requisitos para acceder al cargo público, constituyen normas de excepción dado que su naturaleza es la de establecer un catálogo de cualidades y calidades que un ciudadano debe reunir para aspirar al cargo público, por lo que las mismas deben considerarse como iniciativas o taxativas y no enunciativas.

Esto significa que en caso de que un ciudadano cumpla con todos los requisitos que las normas electorales disponen, se encuentra en aptitud de postularse, y con su oportunidad de ejercer el encargo respectivo, sin mayores limitantes que aquellas que marcan las normas jurídicas “admitir lo contrario se traduciría en el impedimento y obstrucción injustificada del derecho a ser votado que todos los ciudadanos poseen”, sostuvo.


En ese sentido propuso reformar y adicionar la Constitución Política Local para otorgar autonomía técnica y operativa y a la par conocer de delitos electorales. Su titular será nombrado por las dos terceras partes de los diputados locales, así como eliminar entre los servidores públicos que deban separarse del cargo 90 días antes de la elección a diputados locales y federales. La propuesta fue turnada a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos. (NOTYMAS).

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