Jaime García/NOTYMAS
Acapulco, Gro., mayo 26 del 2014 (NOTYMAS).– El Instituto Estatal
Electoral de Guerrero (IEEG), advirtió que aquellos que no respeten la ley
electoral y sigan cometiendo actos adelantados de campaña, perderán su derecho
a registrarse en el próximo proceso electoral del 2015.
Constantes han sido las discusiones entre los
representantes de los partidos políticos en el órgano electoral, durante las
sesiones celebradas, por los supuestos actos anticipados de campaña que están
haciendo sus futuros candidatos y de ellos actualmente algunos alcaldes,
diputados locales o federales y senadores.
Es visible ver los espectaculares que se han colocado
en diversos puntos y rincones de Guerrero, los que aspiran principalmente a
la gubernatura, aprovechan para publicitar su imagen.
Cabe mencionar que recientemente el diputado local
panista Jorge Camacho Peñalosa (quien también aspira a ser candidato a
gobernador), interpuso una queja ante el IEEG en contra del senador Sofio
Ramírez Hernández, el diputado federal Sebastián de la Rosa Peláez, el rector
de la UAGro Javier Saldaña Almazán, etc, a quienes acuso de actos anticipados
de campaña, y a quienes el órgano electoral mandato retirar en un lapso de 48
horas retirar la publicidad.
Sin embargo el ejemplo no ha servido de escarmiento para
muchos, quienes siguen en la misma línea de publicitarse, utilizando como
pretexto los informes de actividades.
Al respecto el consejero presidente del IEEG José
Guadalupe Salgado Román, indicó que todo mundo se esta “calentando”, y todos
los futuros candidatos quieren publicitarse a como de lugar.
Dijo que quienes están presentando sus informes para
publicitarse tienen siete días antes y cinco días posteriores a sus informes de
actividades.
Sin embargo advirtió que se tomaran cartas en el asunto para
sancionar a todos aquellos que sigan con sus actos anticipados de campaña,
incluso advirtió que en su momento podrían perder su derecho a registrarse
cuando inicie de manera formal el proceso electoral.
Cabe hacer mención que el articulo 172 de la ley
electoral señala que queda prohibido a cualquier ciudadano promover
directamente o a través de terceros promover su imagen personal con ese fin,
mediante la modalidad de informes a la ciudadanía respecto de acciones para los
efectos a lo dispuesto por el párrafo cuarto del articulo 105 de la
Constitución local.
El informe anual de labores o gestión de los
servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se
difundan en los medios de comunicación social, no serán considerados como
propaganda siempre que la difusión se limite a una vez al año, y no exceda los
siete días anteriores y cinco días posteriores. (NOTYMAS)
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