Chilpancingo,
Gro., febrero 27 de 2012 (NOTYMAS). Diputados locales
aprobaron la Ley de Fiscalización Superior del Estado, que regulará la función
de fiscalización superior que realiza el Poder Legislativo a través de la
Auditoría General del Estado.
En el
dictamen del nuevo ordenamiento se señala que el Congreso emite la Ley con el
objeto de generar bases para consolidar una hacienda pública eficiente,
responsable y transparente, y bajo la convicción de que la dinámica política y
social del Estado, demanda el fortalecimiento permanente de sus instituciones
públicas para dotarlas de instrumentos más idóneos para hacer más eficiente su
labor.
Expone que
la ciudadanía, reclama transparencia en el uso de los recursos públicos de
parte de sus representantes, por lo que se debe ofrecer mayores garantías de
que los recursos a disposición de los poderes públicos se destinan a los fines
que motivaron su recaudación, que se administrarán con eficiencia, eficacia,
economía, transparencia y honradez, y que habrán de satisfacer los objetivos a
los que estén destinados, logrando resultados en beneficio de la sociedad, bajo
una estricta y oportuna rendición de cuentas sobre su manejo.
Por eso,
dice el documento que resulta indispensable establecer nuevos mecanismos de
control y vigilancia que garanticen el correcto ejercicio de los recursos
públicos, a través de una planeación que permita verificar hacia dónde se
destina el presupuesto, con qué finalidad, qué beneficios se consiguen, y en
qué grado se cumplen los objetivos del gasto.
Añade que
“se trata de contar con elementos que a la vez de propiciar una rendición de
cuentas eficaz, permita elevar la calidad con la que se ejercen los
presupuestos estatales para proveer una mejora sustancial en su manejo por
parte de las distintas entidades fiscalizadas; al hacerlo, tendremos elementos
objetivos para identificar los ámbitos en donde es necesario fortalecer la
transparencia y la rendición de cuentas, evitando las áreas de opacidad que son
contrarias a estas premisas”.
La nueva
Ley tiene 10 títulos, que se ordenan, en sus primeros tres, a partir de la
enunciación de los principios de la fiscalización superior, el proceso de
fiscalización de la cuenta pública, siguiendo el ciclo de su revisión y los
Informes respectivos, para pasar a las posibles consecuencias como la
determinación de daños y perjuicios a la Hacienda Pública y el fincamiento de
responsabilidades a las entidades fiscalizadas y sus servidores públicos.
El título
cuarto tiene como propósito regular la parte orgánica, las bases para la
integración, organización, competencia y funciones de la Auditoría General, el
procedimiento del nombramiento de su titular, auditores especiales y directores
y las facultades que les corresponden y las bases para el servicio fiscalizador
de carrera. Los títulos quinto, sexto, séptimo y octavo, constituyen las
disposiciones que establecen el marco normativo del actuar y quehacer de los
servidores públicos en torno a la gestión de los recursos públicos.
Finalmente,
un cuarto conjunto de preceptos incorporados a los títulos noveno y décimo,
regulan la coordinación con el Congreso del Estado, las Entidades
Fiscalizables, la Auditoría Superior de la Federación y se incluye la
participación ciudadana en la fiscalización superior; y termina con el Título dedicado a la
vigilancia y evaluación de la Auditoría General y sus servidores públicos,
incluidas las posibles responsabilidades en que incurriesen. (NOTYMAS)
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