Josefina Aguilar Pastor/NOTYMAS
Chilpancingo, Gro., junio de 2016 (NOTYMAS).- El Tribunal
Electoral del Estado (TEEGRO), desechó la resolución emitida por el Instituto
Electoral y Participación Ciudadana (IEPC), y mandató a dicho órgano reponer el
proceso, en los tres meses siguientes posteriores a la notificación, el proceso
de consulta en el municipio de Ayutla, para determinar si la elección de sus
autoridades, la realizan a través de sus usos y costumbres.
Durante la sesión realizada recientemente se aprobó el recurso de impugnación interpuesto el 26 de junio del año 2014,
firmado por 61 ciudadanos, entre comisarios, delegados municipales,
comisariados municipales y agrarios, pertenecientes a 35, localidades y 22
colonias de la cabecera municipal de Ayutla de los Libres, Guerrero, mediante
el cual solicitaron que su próximo proceso electoral se realizara a través del
método de usos y costumbres.
Derivado de ello, el
IEPC, aprobó el 27 de mayo de 2015, mediante el acuerdo 151/SE/27- 05-2015, los
“Lineamientos para las medidas preparatorias de la solicitud de elección por
usos y costumbres en el Municipio de Ayutla de los Libres, Guerrero”; el 4 de
junio de ese mismo año, aprobó acuerdo 162/SE/04-06-2015, en el que reconoció
el derecho constitucional que tienen los pueblos originarios de elegir a sus
autoridades conforme a sus sistemas normativos internos y en particular el de
los ciudadanos de las comunidades indígenas del Municipio de Ayutla de los
Libres.
El 4 de junio del
2015, los promoventes de la solicitud de elecciones por usos y costumbres del
Municipio de Ayutla, presentaron Juicio para la Protección de los Derechos
Político- Electorales del Ciudadano en contra del acuerdo del IEPC, ante la
Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF), integrando el expediente SDF/JDC/545/2015.
El veinticinco de
junio del mismo año 2015, la Sala Regional Distrito Federal del TEPJF, resolvió
dicho juicio de inconformidad, en cuya resolución se ordenó al IEPC, concluir
en un plazo máximo de tres meses a partir de la notificación, la etapa de
medidas preparatorias, con el objeto de verificar y determinar la existencia
histórica del sistema normativo interno en Ayutla de los Libres, y de resultar
positiva, iniciar las consultas correspondientes para establecer si la mayoría
de la población del municipio determinaba la celebración de sus comicios de
conformidad a sus usos y costumbres, para lo cual, las consultas deberían
realizarse en un plazo máximo de un mes.
De ello se
desprendieron otras inconformidades, lo que generó un nuevo juicio de
inconformidad ante el TEEGRO, el cual, este jueves dictaminó que efectivamente,
faltaron elementos probatorios para acreditar que realmente se llevó a cabo la
consulta como marca la ley en la materia, no se acreditó por parte de la
autoridad electoral, la difusión exhaustiva y la consulta sobre todo con
traductores, explicó la Magistrada Presidenta, Hilda Rosa Delgado Brito.
Esto, abundó la
magistrada, porque es una obligación del Estado, tener traductores e una
población sobre todo donde trabajan este tema y donde se reconocer que el 33
por ciento de su población es indígena.
Para emitir esta
sentencia se indicó, el TEEGRO, tomo como base la misma información
que les remitió el IEPC, así como lo que les hicieron llegar los ciudadanos
inconformes como prueba, y si bien hubo algunas organizaciones que también se
inconformaron, pero al ser un juicio que no permite o no reconocer este derecho
para las organizaciones, al tratarse de un juicio electoral ciudadano, si los
tomaron en cuenta al ser vecinos del municipio.
“Todas estas
probanzas se analizaron, valoraron y discutieron por el pleno, con lo que el
IEPC, tendrá que realizar una nueva consulta, en un periodo de tres meses,
después de recibir la notificación”, indicó la Magistrada del TEEGRO. (NOTYMAS).